Notas
- Desde enero de 2025, los contratos de vivienda habitual firmados a partir del 26 de mayo de 2023 se actualizan con el IRAV (Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda), publicado mensualmente por el INE — actúa como límite máximo, incluso si el contrato menciona el IPC.
- Los contratos de vivienda firmados antes del 26 de mayo de 2023 pueden seguir actualizándose con el IPC u otro índice, si así lo pactaron.
- Los locales y otros usos distintos de vivienda se actualizan según lo pactado en el contrato (habitualmente IPC o IGC), no según el IRAV.
- La actualización solo puede aplicarse una vez al año, en la fecha de aniversario del contrato, y el arrendador debe comunicarla por escrito — si no lo hace, la renta no sube automáticamente.
Esta herramienta tiene carácter meramente informativo y divulgativo, no constituye asesoramiento legal. Introduce siempre el porcentaje del índice oficial correspondiente al mes de tu actualización.
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