Algunos propietarios optan por el alquiler de temporada pensando que escapa de las obligaciones de la LAU sobre duración mínima y prórroga — y en parte es cierto, pero solo si el contrato responde a una necesidad temporal real del inquilino, no a una forma de esquivar la protección que da la ley al alquiler de vivienda habitual.

Qué es el alquiler de temporada

El artículo 3.2 de la LAU regula los arrendamientos "para uso distinto del de vivienda", entre los que se incluye el de temporada: por motivos de trabajo temporal, estudios, vacaciones, o cualquier necesidad que no sea la de establecer la residencia habitual y permanente del inquilino. La clave no es la duración del contrato, sino el motivo por el que se alquila.

En qué se diferencia del contrato de vivienda habitual

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El riesgo de usarlo mal

Titular un contrato como "de temporada" no basta si en la práctica se está usando para cubrir la necesidad de vivienda permanente del inquilino — por ejemplo, encadenando contratos cortos con la misma persona durante años, en la misma vivienda, sin que exista una causa temporal real detrás. En caso de conflicto, un juez puede reclasificar el contrato como de vivienda habitual, con las consecuencias legales que eso conlleva (duración mínima, límites a la actualización de renta...) aplicadas retroactivamente.

Un consejo

Antes de optar por un contrato de temporada, ten claro y documentado el motivo real de la temporalidad (contrato laboral temporal del inquilino, matrícula universitaria, fechas concretas de una obra en su vivienda habitual...). Si no hay una causa temporal genuina, el contrato de vivienda habitual es la opción correcta, aunque implique más obligaciones para el propietario.

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia el alquiler de temporada del de vivienda habitual?

El de temporada responde a una necesidad temporal (trabajo, estudios, vacaciones), no a la residencia habitual y permanente del inquilino, y no está sujeto a la duración mínima ni al IRAV.

¿Tiene el alquiler de temporada duración mínima obligatoria?

No, dura lo que las partes pacten según la temporada, sin la prórroga forzosa de 5 o 7 años del alquiler de vivienda habitual.

¿Qué riesgo hay si se usa mal un contrato de temporada?

Si en la práctica cubre la necesidad de vivienda permanente del inquilino sin una causa temporal real, un juez puede reclasificarlo como contrato de vivienda habitual, con las consecuencias legales aplicadas retroactivamente.