Si eres madre trabajadora y tienes hijos menores de 3 años, es posible que tengas derecho a una deducción que muchas familias desconocen o no solicitan de la forma más ventajosa. Aquí va la explicación completa.
¿Qué es la deducción por maternidad?
Es una deducción en el IRPF de hasta 1.200€ al año (100€/mes) por cada hijo o hija menor de 3 años, aplicable a madres que trabajan por cuenta propia o ajena y están dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
¿Quién puede pedirla?
- Madres con hijos menores de 3 años (o hasta la edad correspondiente en adopción o acogimiento, en los términos que fija la norma).
- Que realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
- Que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, durante al menos el tiempo proporcional al periodo que se reclama.
En casos de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuye en exclusiva al padre, este puede tener derecho a la deducción en su lugar.
¿Cómo se cobra?
Hay dos formas:
- De forma anticipada: solicitándolo a la Agencia Tributaria para recibir 100€ al mes por adelantado, sin esperar a la declaración de la Renta.
- En la propia declaración de la Renta: aplicando directamente la deducción de hasta 1.200€/año al presentar la declaración del ejercicio correspondiente.
Si ya has cobrado el anticipo mensual durante el año, en la declaración de la Renta simplemente se regulariza esa cantidad ya percibida, sin que suponga cobrarla dos veces.
El incremento por gastos de guardería
Además de los 1.200€ anuales, existe un incremento adicional de hasta 1.000€ más al año por gastos de custodia en guardería o centro educativo autorizado, para niños menores de 3 años, siempre que se acredite el gasto correspondiente.
Herramienta gratuita
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Comprueba cómo queda tu resultado de la Renta considerando esta y otras deducciones.¿Se pierde si no la pido a tiempo?
No necesariamente: si no la solicitaste de forma anticipada, siempre puedes aplicarla directamente en la declaración de la Renta del ejercicio correspondiente, dentro de los plazos generales de prescripción tributaria.
Un consejo
Si prefieres tener liquidez mensual en vez de esperar a la Renta, solicita el abono anticipado. Si prefieres simplificarte trámites y no te urge el dinero mes a mes, puedes esperar y aplicarlo directamente en la declaración — el resultado económico final es el mismo, la diferencia está solo en cuándo lo recibes.