El teletrabajo dejó de ser una excepción y se convirtió en una forma habitual de trabajar para muchas personas. Desde 2021 tiene su propia ley específica, que reconoce derechos que muchas empresas (y trabajadores) todavía no aplican del todo bien.
¿Cuándo se aplica esta ley?
La normativa de teletrabajo se aplica cuando se presta al menos el 30% de la jornada (o el porcentaje proporcional equivalente durante un periodo de referencia de hasta 3 meses) de forma no presencial, en el domicilio o en cualquier otro lugar elegido por la persona trabajadora. Por debajo de ese porcentaje, se considera teletrabajo ocasional y no todos los derechos específicos se aplican con la misma intensidad.
Debe ser voluntario
El teletrabajo requiere el acuerdo expreso de ambas partes, por escrito, ya sea al inicio de la relación laboral o posteriormente. Ni la empresa puede imponerlo unilateralmente, ni el trabajador puede exigirlo sin acuerdo, salvo excepciones muy concretas.
¿Quién paga los gastos?
Este es uno de los puntos que más dudas genera: la empresa está obligada a compensar los gastos derivados de trabajar desde casa (equipos, herramientas, conexión, incluso una parte del consumo de suministros como la luz), en la forma que establezca el convenio colectivo o el acuerdo individual de teletrabajo. Esta compensación es obligatoria por ley — no puede ser gratuita para la persona trabajadora.
Derecho a la desconexión digital
Se reconoce expresamente el derecho a la desconexión digital fuera del horario de trabajo: la empresa no puede exigir disponibilidad permanente ni penalizar por no responder mensajes o correos fuera de la jornada laboral pactada.
Mismo derecho a formación y promoción
Quien teletrabaja tiene derecho a la misma formación y a las mismas oportunidades de promoción profesional que el resto de la plantilla — trabajar a distancia no puede suponer quedarse fuera de estos procesos.
Prevención de riesgos laborales
La empresa sigue teniendo la obligación de garantizar la seguridad y salud de quien teletrabaja, incluyendo la evaluación de riesgos del puesto en el domicilio (ergonomía, condiciones ambientales, etc.), aunque el acceso al domicilio para esta evaluación requiere el consentimiento de la persona trabajadora.
¿Se puede volver a la presencialidad?
El teletrabajo es reversible: tanto la empresa como la persona trabajadora pueden solicitar volver a la modalidad presencial, en los términos que establezca el acuerdo de teletrabajo o el convenio colectivo aplicable.
Un consejo si vas a empezar a teletrabajar
Antes de firmar un acuerdo de teletrabajo, revisa que quede reflejado por escrito el inventario de medios que te proporciona la empresa, la compensación de gastos exacta, y el horario de disponibilidad — son los puntos que más conflictos generan después si no se han dejado claros desde el principio.