Este es uno de los permisos que más cambió con la reforma laboral de 2023, y también uno de los que más confusión genera porque muchas empresas siguen aplicando la cifra antigua.
Cuántos días son
El artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores reconoce 5 días — antes de la reforma del Real Decreto-ley 5/2023 eran solo 2, así que si tu empresa te sigue dando 2 días para este supuesto, puede estar aplicando una normativa ya derogada.
¿En qué situaciones aplica?
- Accidente o enfermedad graves
- Hospitalización
- Intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario
Y del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, o de cualquier persona distinta que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y requiera su cuidado efectivo.
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Elige tu situación y te decimos cuántos días te corresponden según el Estatuto de los Trabajadores.¿Se puede acabar antes si el familiar recibe el alta?
No necesariamente. Los tribunales han aclarado que el alta hospitalaria no extingue automáticamente el permiso si el familiar sigue necesitando reposo y cuidados — lo relevante es la necesidad real de atención, no el lugar físico donde se encuentre.
Cuidado con esto
- No hace falta acreditar que convives con el familiar ni que eres su cuidador exclusivo, más allá de justificar el hecho causante y el parentesco — algunas empresas exigen requisitos adicionales que los tribunales han declarado nulos
- Distinto del permiso por fallecimiento (2-4 días) y del de fuerza mayor familiar (4 días/año) — son tres figuras separadas
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de permiso corresponden por enfermedad grave de un familiar?
5 días, según el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores, tras la reforma del Real Decreto-ley 5/2023 — antes de esa reforma eran solo 2 días.
¿En qué situaciones se puede pedir este permiso?
Accidente o enfermedad graves, hospitalización, o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta el 2º grado, o de un conviviente que requiera cuidado.
¿El permiso termina si el familiar recibe el alta hospitalaria?
No necesariamente. Los tribunales han aclarado que el alta no extingue automáticamente el permiso si el familiar sigue necesitando reposo y cuidados.
¿Hace falta demostrar que convivo con el familiar?
No, basta con justificar el hecho causante y el parentesco — algunas empresas exigen requisitos adicionales que los tribunales han declarado nulos.