La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales obliga a cualquier empresa con trabajadores a organizar la prevención de forma activa, no solo documental. En 2026 se ha aprobado además una reforma que actualiza la norma —con casi 30 años de vigencia— para incorporar riesgos que antes no se contemplaban, como el teletrabajo, los riesgos psicosociales y el calor extremo.

La evaluación de riesgos: la base de todo

Es el punto de partida obligatorio: identificar los riesgos que no se han podido evitar en cada puesto de trabajo, para poder decidir qué medidas preventivas adoptar. Debe cubrir aspectos como el lugar de trabajo, las protecciones individuales necesarias, los riesgos eléctricos, y cualquier otro riesgo específico de la actividad.

El plan de prevención

Recoge la organización de la empresa en materia preventiva: la política preventiva, los objetivos, los recursos asignados, y quién asume la gestión — que puede ser el propio empresario (solo en empresas pequeñas y bajo ciertas condiciones), un trabajador designado, un servicio de prevención propio, o un servicio de prevención ajeno, la opción más habitual para pymes.

Información y formación a los trabajadores

La empresa debe informar a cada trabajador de los riesgos de su puesto y formarle en consecuencia. Cuando los riesgos son graves o muy graves, esa información debe constar por escrito — no basta con haberlo comunicado verbalmente.

Coordinación de actividades empresariales

Si en tu centro de trabajo coinciden varios empresarios (por ejemplo, subcontratas una obra o un servicio de limpieza), existe la obligación legal de coordinar la prevención entre todas las empresas concurrentes: intercambiar información sobre los riesgos de cada una, y en casos de riesgo especial, designar coordinadores de actividades preventivas.

¿Y si soy autónomo sin trabajadores?

Si no tienes empleados, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no te resulta directamente aplicable en sus obligaciones documentales — no necesitas un plan de prevención formal ni contratar una evaluación externa. Pero si trabajas coordinado con otras empresas (por ejemplo, en una obra), sí debes cumplir con las obligaciones de coordinación: informar de los riesgos que genera tu actividad, y cumplir el plan de seguridad de la empresa principal cuando trabajes en sus instalaciones.

La reforma de 2026: qué cambia

Si tienes empleados a tu cargo, la reforma te afecta directamente: cambian las exigencias documentales, se refuerzan los reconocimientos médicos, y suben las sanciones que puede imponer la Inspección de Trabajo. La norma actualiza los riesgos contemplados para incluir el teletrabajo, los riesgos psicosociales y el calor extremo — especialmente relevante en una región con veranos tan exigentes como la nuestra. Si eres autónomo sin trabajadores, el impacto es menor, pero también te alcanza si trabajas en obras o coordinas con otros profesionales.

Un recurso gratuito

Para autónomos y pymes, existe Prevencion10, un servicio público gratuito del Ministerio de Trabajo que permite hacer la evaluación de riesgos y la planificación preventiva a través de cuestionarios específicos según la actividad, sin necesidad de contratar a un servicio de prevención externo en los casos más sencillos.

Un consejo

No dejes la prevención de riesgos laborales para cuando aparezca la Inspección de Trabajo o, peor, tras un accidente. Si tienes empleados y no tienes claro si cumples con las obligaciones básicas, contacta con nosotros para revisarlo.

Preguntas frecuentes

¿Qué es lo primero que debe hacer una empresa en prevención de riesgos?

La evaluación de riesgos de cada puesto de trabajo, para poder decidir qué medidas preventivas adoptar.

¿Necesito un plan de prevención si soy autónomo sin trabajadores?

No, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no te resulta directamente aplicable en sus obligaciones documentales si no tienes empleados.

¿Cuándo hay que informar por escrito de los riesgos a un trabajador?

Cuando los riesgos del puesto son graves o muy graves — en esos casos no basta con informar verbalmente.

¿Qué es la coordinación de actividades empresariales?

La obligación legal de coordinar la prevención entre varias empresas que coinciden en un mismo centro de trabajo, por ejemplo al subcontratar una obra o un servicio de limpieza.