Seguimos usando la palabra "paternidad" porque es como todo el mundo la busca y la conoce, pero conviene tener claro desde el principio qué es exactamente lo que se está solicitando.

Desde 2021, no existe legalmente una prestación llamada "paternidad" distinta de la de "maternidad": ambas se unificaron en una única figura, el permiso y prestación por nacimiento y cuidado del menor, con la misma duración y condiciones para cualquiera de los dos progenitores. Este artículo explica el trámite desde el punto de vista del otro progenitor (padre, o segundo progenitor en el caso de dos madres), pero el procedimiento es idéntico al de la madre biológica.

Antes de solicitar: ¿cumples los requisitos?

Necesitas estar en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social, y acreditar un periodo mínimo de cotización, que varía según tu edad en el momento del nacimiento (no se exige cotización previa si eres menor de 21 años, y aumenta progresivamente para edades superiores) — exactamente los mismos requisitos que para la madre biológica.

Cuándo se puede solicitar

A diferencia de la madre biológica, el otro progenitor no puede anticipar su permiso antes del parto — su periodo se inicia a partir del nacimiento, adopción o acogimiento. Las 6 semanas obligatorias deben disfrutarse de forma ininterrumpida inmediatamente después, y pueden coincidir en el tiempo con las de la madre si así lo deciden ambos.

Documentación necesaria

Dónde y cómo presentarla

Cómo pedir cita previa

Si vas a presentarla presencialmente, puedes pedir cita previa en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, por teléfono en el 901 10 65 70 o el 91 541 25 30 (disponibles las 24 horas), o desde la app Cita Previa. Ten a mano tu DNI/NIE y tu código postal al llamar.

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¿Cuánto tarda en resolverse?

El INSS dispone de un plazo de 30 días para resolver, aunque en la práctica suele tramitarse en 7 a 15 días si la documentación está completa desde el principio. La prestación se cobra directamente del INSS, no la adelanta la empresa.

¿Se puede disfrutar de forma simultánea con la madre?

Sí. Las 6 semanas obligatorias pueden solaparse por completo entre ambos progenitores — de hecho, es lo más habitual en las primeras semanas tras el nacimiento. Las semanas flexibles posteriores también se pueden coordinar a la vez o de forma alterna, según prefiera cada familia.

Errores frecuentes que retrasan la resolución

Preguntas frecuentes

¿Es distinta la baja de paternidad de la de maternidad?

No, desde 2021 es la misma prestación (nacimiento y cuidado del menor), con la misma duración y condiciones para ambos progenitores.

¿Cuándo puede empezar el otro progenitor su permiso?

A partir del nacimiento, adopción o acogimiento — a diferencia de la madre biológica, no puede anticiparlo antes del parto.

¿Qué documentación hace falta para solicitarla?

Solicitud cumplimentada, DNI/NIE, libro de familia o certificado de nacimiento (no siempre necesario si el bebé tiene menos de 3 meses), datos bancarios y datos del otro progenitor.

¿Necesito cita previa para presentarla?

Solo si la presentas presencialmente en un CAISS. La vía telemática con certificado digital o Cl@ve no requiere cita.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?

El INSS tiene hasta 30 días, aunque en la práctica suele tramitarse en 7 a 15 días si la documentación está completa.