Resultado
| Tramo | % de la base | Quién paga | Importe |
Notas
- Enfermedad común o accidente no laboral: los días 1 a 3 no se cobra prestación, salvo que el convenio colectivo o la empresa mejoren esta cobertura. Del día 4 al 15, la empresa paga el 60% de la base reguladora. Del día 16 al 20, sigue el 60%, pero ya lo paga la Seguridad Social (o la mutua). Desde el día 21, sube al 75%, a cargo de la Seguridad Social.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional: el día del accidente lo paga íntegro (100%) la empresa. Desde el día siguiente, se cobra el 75% de la base reguladora desde el primer día, a cargo de la mutua o el INSS.
- Muchos convenios colectivos mejoran estos porcentajes (algunos complementan hasta el 100% desde el primer día) — revisa el tuyo, ya que puede cambiar bastante el resultado.
Esta herramienta tiene carácter meramente informativo y divulgativo, no constituye asesoramiento legal ni sustituye una consulta profesional. Cada situación puede tener particularidades que cambien el resultado aplicable — contacta con nosotros si necesitas valorar tu caso concreto.
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