Julio de 2026 cerró con una de las normas de vivienda más comentadas de los últimos años: el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 8/2026, que da a millones de inquilinos la posibilidad de alargar su contrato sin que suba el precio, al tiempo que endurece fiscalmente el alquiler turístico. Repasamos qué cambia realmente.

La prórroga extraordinaria: hasta 2 años más

La medida estrella del decreto permite a los inquilinos cuyo contrato de vivienda habitual venza antes del 30 de junio de 2028 solicitar una prórroga extraordinaria de hasta 2 años, en las mismas condiciones económicas que ya tenían. No es automática: hay que pedirla expresamente al arrendador.

Según las estimaciones del propio Gobierno, la medida —sumada a las prórrogas extraordinarias ya vigentes desde marzo de 2026— podría beneficiar a cerca de 4 millones de personas, en torno a millón y medio de hogares en toda España.

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El otro bloque: apretar a los pisos turísticos

La segunda pata del decreto va dirigida a los alojamientos turísticos, con dos medidas concretas:

El objetivo declarado del Gobierno es desincentivar el uso turístico de las viviendas y favorecer que ese parque se redirija hacia el alquiler residencial de larga duración, ante la escasez de oferta en muchas zonas.

Antecedente: por qué esta vez sí salió adelante

No era el primer intento. El Congreso había tumbado una propuesta similar el 28 de abril de 2026, en gran parte por la falta de apoyo de Junts. Esta segunda versión del decreto incorporó bonificaciones fiscales adicionales para propietarios, buscando un mayor consenso parlamentario — aunque partidos como Podemos ya avisaron de que no respaldarían esas bonificaciones.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir la nueva prórroga de alquiler hasta 2028?

Los inquilinos cuyo contrato de arrendamiento de vivienda habitual venza antes del 30 de junio de 2028, siempre que lo soliciten expresamente al arrendador.

¿Cuánto dura esta prórroga extraordinaria?

Hasta 2 años, en las mismas condiciones económicas que tenía el contrato original.

¿Sube el precio del alquiler durante la prórroga?

No, la prórroga se aplica en las mismas condiciones del contrato vigente, sin incremento de renta más allá de la actualización que ya tuviera pactada.

¿Cuánto sube el IVA de los pisos turísticos?

Pasan a tributar al tipo general del 21%, frente al tratamiento más favorable que venían teniendo muchos de estos alojamientos hasta ahora.